Muy buenos días a todos,
Para este primer post, he elegido un tema censal y de gestión, que seguro será de vuestro interés si sois asesores fiscales o elaboráis por vuestro trabajo dependiente la fiscalidad de vuestra empresa.
Este caso me pasó con un cliente hace poco y había que actualizar su situación censal:
Situación actual: Grupo de 2 empresas con el mismo administrador, misma actividad y la misma ubicación (Meco, un pueblo de Madrid), con poco más de 2 años de antigüedad y nivel de facturación superior al millón de € (sólo en una de ellas), importadoras las dos de productos para su venta en España, actividad comercio al por mayor.
Situación censal: Las 2 empresas ubicadas en Alcobendas (su antigua sede), tributación por IAE en este año (el ayuntamiento ya había emitido el recibo) por superar el millón de € de facturación en una de ellas por la actividad de fabricación de conservas (antigua actividad) y una de ellas dada de alta en el ROI.
Después de investigar la situación de la empresa y de hablar con el cliente sobre sus necesidades y prioridades solucioné el caso como sigue:
1º de alta, y marcando el fin de las exenciones a las que se refiere el art. 82.b del TRHL. En el ayuntamiento de Alcobendas.
2º por cese de actividad “fabricación de conservas”.
3º de alta de actividad y cambio de domicilio y locales afectos. En este último modelo expusimos como actividad “venta al por mayor”, por lo que al ser una actividad completamente diferente a la anterior, según el art. 82 del TRHL, se está exento de pagar este impuesto aunque superes el umbral de facturación del millón de € durante dos años más. El IAE se computa por años naturales por lo que aunque el fin de la actividad y el inicio de la siguiente se realizase a mitad de año, se retrotrae a 1 de enero, por lo que ese año y el siguiente estarán exentos.
2.- Para la otra empresa que no superaba el millón de facturación, sólo hizo falta presentar un modelo 036 – 037, con modificación de la actividad y el domicilio de la empresa. Por lo cual sólo se necesita la referencia catastral para los locales afectos y la referencia del anterior alta en el 036 – 037.
3.- Solicitar un alta en el ROI, para la empresa que no tenía, puesto que según el cliente las 2 empresas necesitaban comprar mercancías en el extranjero. Fue muy laborioso adjuntar toda la documentación requerida (datos de maquinaria de cada una de ellas, oficinas, proveedores intracomunitarios, clientes…), y demostrar que aunque las dos empresas estaban vinculadas, con el mismo administrador, misma actividad, y ubicación cada una de las mismas vendía a clientes distintos a precios distintos según la distinta naturaleza comercial privada por las que fueron creadas. Al final obtuve los dos números intracomunitarios correspondientes a las dos empresas.
En resumen:
Si la empresa es de nueva creación basta un 036 de inicio de actividad y se tienen 2 años exención en los que no se paga IAE sea cual sea la facturación.
Si la empresa ya ha pasado esos dos años de inicio, se presenta un modelo 840 si se tiene una facturación de más de 1 millón de €.
Si se cambia la actividad y el domicilio a otro municipio y la empresa factura más de 1 millón de € también se hace un 840 entero rellenando todos los datos. Por lo cual necesitas el 840 anterior del alta para su cumplimentación.
En cambio si no supera ese millón, sólo se hace el 036 que es de largo muchísimo más fácil, sólo se necesita la referencia catastral, y la referencia del anterior alta.
Por último toda empresa que importe productos del exterior tiene que darse de alta en el registro de operadores intracomunitarios imprescindible para pasar las aduanas.
Este caso me llevó muchas horas de trabajo y dedicación. Solucioné la gestión encomendada y además le ahorré a la empresa un buen dinero en el IAE, por lo que obtuve un gran reconocimiento y gratitud por parte del cliente.
Si os ha resultado interesante este post o queréis ampliar la información del mismo, por favor, escribid vuestros comentarios abajo.
Gracias por visitar el blog.
Oscar Aljarilla Toribio
Me ha gustado mucho por que ha sido un enfoque real, de una situación cierta y además considero muy interesante que se mencione la forma de resolverlo. Me gustaría poder segir viendo estos supuestos reales. Animo y mucha suerte.
ResponderEliminarOsato, lo mejor es publicar el caso práctico. Te felicito
ResponderEliminarTodo un profesional, si señor, un abrazo Oscar.
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