BIENVENIDOS

BIENVENIDOS:
Me llamo Oscar Aljarilla Toribio, profesional en gestión de empresas desde hace más de 12 años.
En este tiempo no sólo he gestionado impuestos de todo tipo para PYMES y grandes empresas, si no que he ejercido desde dentro en empresas de distintos sectores económicos (consultoría, educación, deportivas, de la construcción y afines, industria, hostelería, logística) garantizando un experto conocimiento de la empresa, y enfocando los asuntos desde una cuádruple perspectiva: operacional, legal, fiscal y financiera.


7 jul 2012

VAS A HACER UNA INVERSIÓN, ¿ESTÁS SEGURO?


Dado lo extenso del tema lo resumiré lo mejor posible porque podría escribir sin parar y sacar análisis en Excel a punta pala, pero esto es sólo un artículo.

Lo primero de todo es hacer un estudio del nivel de apalancamiento o de endeudamiento de la empresa si queremos financiar la operación. Es importante obtener una previsión de cash-flow positivos y superiores al costo de la devolución de la financiación.

Nombre del índice
Formula
Que es
Apalancamiento total
Pasivo Total
Patrimonio
Que participación tiene el pasivo externo con respecto al patrimonio de la empresa.
Apalancamiento a corto plazo
Total Pasivo Corriente
Patrimonio
Indica la participación que tienen los pasivos corrientes dentro del patrimonio.
Apalancamiento Financiero Total
Pasivo Con Entidades Financieras
Patrimonio
Indica la concentración que tienen los pasivos totales con entidades financieras sobre el patrimonio.

Análisis del mercado, nuestros clientes y productos, para comprobar que nuestro aumento de facturación objeto de esta inversión se mantendrá a lo largo de los años de su vida útil. Si este estudio es factible, continuaremos con la siguiente fase:

Desarrollar un presupuesto de ventas y gastos para toda la vida útil de la inversión, o en un lapso de tiempo determinado teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

1.- Ventas máximas/facturación máxima/utilización máxima diaria (lo más realista posible) que se podría conseguir de la inversión, la multiplicamos por los días hábiles del mes y después por 12, para tener las ventas máximas anuales generadas por la inversión.

2.- Previsión de las ventas suponiendo una facturación inferior a la máxima establecida y siendo lo más realista posible, como por ejemplo 60 % el 1º año, 70 % el 2º año, 80% el 3º año y sucesivos. (Depende de cada empresa y de cada inversión).

Actualizaremos nuestras ventas o rentabilidades a partir del 2º año según el IPC si el valor de nuestros productos también los actualizamos, es importante, porque si nuestra inversión tiene una vida útil de 10 años, un IPC de un 2,5 % anual supone más de un 20% de facturación adicional.

3.- Previsión de Gastos: Poner todos los gastos intrínsecos a la inversión sin excepción: Amortizaciones, mant y rep, seguros, intereses financiación, impuestos o deducciones fiscales, personal, etc.

Veamos todo esto con un sencillo ejemplo de una inversión en maquinaria:

-          Inversión maquinaria: 50.000 €.
-          La financiación de la inversión sería a través de un leasing a cinco años, TAE 5,00 %
-          Vida útil: 6 años. Valor residual: 5.000 €.
-          Facturación o producción máxima: 170 € / día hábil 2012. A partir de 2014 aumentar el IPC (2,5 %)
-          Se prevé que la maquinaria esté funcionando y produciendo al 80% de su máximo en su vida útil.
-          Para el cálculo de las ventas considero que de media un mes tiene 20 días hábiles. La utilización al 80% implica 16 días hábiles.
-          Compruebo que la media mensual de gastos de mant y rep por este tipo de maquinaria es de 150 €. Anualmente lo incremento en el IPC (2,5 %).
-          Otros gastos los considero como un 1% de las ventas.
-          Deducciones fiscales: Como los intereses financieros son deducibles al 100%, detraigo la deducción del tipo de gravamen (25 %) sobre los mismos. Hay varias deducciones por inversión, dependiendo de la empresa y el objeto de la inversión, si te acojes a ellas, debes de ponerla en el cuadro.


RENDIMIENTO MAQUINARIA
2013
2014
2015
2016
2017
2018
TOTAL
VENTAS MÁXIMAS
       40.800  
    41.820  
    42.866  
    43.937  
    45.036  
    46.161  
    260.620  


UTILIZACIÓN o RDTO. AL 80%
       32.640  
    33.456  
    34.292  
    35.150  
    36.028  

41.929
213.496
VALOR RESIDUAL




_______
5.000  

GASTOS
       13.908  
    14.038  
    14.170  
    14.303  
    14.437  
      2.998  
      73.854  
Amortizaciones
       10.000  
    10.000  
    10.000  
    10.000  
    10.000  
________
      50.000  
Mant  y Repar.
           1.800  
        1.845  
        1.891  
        1.938  
        1.987  
          2.037  
      11.498  
Int. financieros
           1.600  
        1.700  
        1.800  
        1.900  
        2.000  
________
         9.000  
Seguro Maquinaria
              500  
           500  
           500  
           500  
           500  
          500  
         3.000  
Otros
              408  
           418  
           429  
           439  
           450  
             462 
         2.606  
Deducciones fiscales (-)
-            400  
-          425  
-          450  
-          475  
-          500  
________
-       2.250  





________

RTDO. / FLUJO NETO DE CAJA
       18.732  
    19.418  
    20.123  
    20.847  
    21.591  
    38.931  
    139.642  


ANÁLISIS DEL RESULTADO:


Hay que tener en cuenta una serie de ratios, Os pongo unos links de Wikipedia para ampliar la información.

FLUJO NETO DE CAJA O DE EFECTIVO: Son aquellos que la inversión debe generar después de poner en marcha la misma en un periodo de tiempo.

VAN (Valor Actual Neto): es el valor ACTUAL de un determinado número de flujos de caja futuros, originados por una inversión, siempre que esos flujos se reinviertan en la empresa. Fórmula:  



TIR (Tasa Interna de Retorno o Rentabilidad):  Es la tasa de interés con la cual el valor actual neto (VAN) es igual a cero. Fórmula:  


No te preocupes, no tienes que aprenderte las fórmulas, Excel la tiene incorporada en la barra de fórmulas, sólo tienes que pinchar en la función, tecleas VNA o TIR, y aparece para que introduzcas los datos. Es muy fácil. Sólo tienes que poner en la 1ª celda, la inversión inicial en negativo, y en las siguientes el flujo neto de caja de cada año así:

  
                              Inversión      Flujo 1        Flujo 2      Flujo 3       Flujo 4        Flujo 5     Flujo 6
FLUJOS NETOS DE CAJA
-50.000
       18.732  
    19.418  
    20.123  
    20.847  


21.591
38.931

                          

TASA DE DESCUENTO:  Es una variable muy subjetiva, puede reflejar el costo de la oportunidad perdida de gastar o invertir en el presente otro tipo de inversión, puede reflejar el costo que supone la financiación de la inversión, o si se dispone del dinero y no hay riesgos, el tipo de interés que nos daría un banco poniéndolo a renta fija, costo del capital de las utilidades retenidas, así que la tasa de descuento varía siempre dependiendo de la inversión y de la empresa.
En nuestro ejemplo considero una tasa para el VAN del costo de la financiación por leasing (5 %)

IR (Índice de Rentabilidad): es el resultado de dividir el VAN por el montante de la inversión, es conveniente para saber escoger entre varias inversiones Y para saber el atractivo financiero de una inversión o proyecto.

De nuestro ejemplo obtenemos los siguientes resultados de estos ratios:

VAN
62.813,56 €
TIR
35%
IR
    1,26  
TASA DE DESCUENTO
5,00%


Análisis de los ratios:


-  Para que una inversión sea rentable el VAN ha de ser positivo y el TIR superior a la tasa de descuento.

-    el TIR es superior a la tasa de descuento por lo que la inversión es viable.

-    Por otro lado la comparativa inversión (-50.000,00 €) menos VAN (62.813,56 €) arroja un resultado positivo ( 12.813,56 €) por lo que genera masa patrimonial o lo que es lo mismo, la empresa gana valor con la inversión. Si ocurriera lo contrario, la inversión seguiría siendo factible, pero la empresa no ganaría valor patrimonial sino valor corriente.

-     El IR (Índice de Rentabilidad) es superior a 1 por lo que la empresa gana valor y supera el 100 % de la inversión. Si fuera inferior a 1 financieramente el proyecto o la inversión no sería atractivo.

-   La manera de comprobar si el TIR calculado es correcto, es ponerlo como tasa de descuento en el VAN. Entonces el VAN daría 0. Recordemos la definición de TIR, que es la tasa que hace que el VAN sea cero.

Este artículo es sólo un resumen, se ha escrito mucho sobre indicadores financieros aplicados a una inversión o proyecto, pero éstos son los más importantes y suficientes para acertar en vuestra decisión.

Espero haberos ayudado en vuestra duda. En mi trabajo utilizo este sistema y no me he equivocado nunca.
Un saludo a todos.

Podéis dejar vuestros comentarios abajo. Gracias por seguir el blog.

29 may 2012

AUMENTO FRAUDULENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS

Muy buenos días a todos,
Para este artículo he elegido un tema contable, pero que tiene consecuencias en el ámbito fiscal y jurídico. Es un caso real.

Atención al enunciado:

Una empresa obtuvo en el ejercicio anterior unas pérdidas de 875.000 €, y quería compensarlas (para sanear el balance) incrementando arbitrariamente el valor de unos terrenos hasta compensar completamente esas pérdidas.


Al dueño de esa empresa, que era un tanto autoritario (ya os escribiré un post sobre dirección y liderazgo), le dije dando un rodeo que no iba a ser posible aumentar el valor del activo así porque sí. A lo que me dedicó media hora de refutaciones acaloradas.

Así que quedamos en que le enviaría un mail con las consecuencias derivadas de tal decisión.
Se lo envié al día siguiente. Es éste:

“Con la información recibida, los comentarios que proceden teniendo en cuenta los datos que nos facilitas son los siguientes:

En el momento de incrementar el valor del terreno, abonando a una cuenta de ingreso, se incurrirá en una infracción tributaria por incumplir obligaciones contables, prevista en el artículo 200 de la Ley GeneralTributaria. Ésta infracción se sanciona con una multa de 150 a 6.000 euros. Sin embargo, esta no será la infracción más preocupante en este caso.

El problema de realizar este incremento de valor, que es absolutamente incorrecto desde el punto de vista contable, sería en el momento de enajenarlo dado que el valor del terreno estaría incrementado en 875.000 euros, lo que supondrá dejar de declarar una renta por dicho importe. En tanto que la renta por la transmisión del terreno se generará en el momento de la venta de éste, la prescripción de la posible infracción empezaría a contar desde ese momento. Entendemos que por la compensación de lo bienes naturales en el ejercicio de la revaloración no habría infracción tributaria, exceptuando la de infracción contable.

Al haberse revalorizado contable y fiscalmente el terreno incorrectamente, en el momento de la venta se estaría declarando un menor ingreso fiscal a efectos del Impuesto sobre Sociedades por el importe de la revalorización. La infracción sería considerada muy grave ya que de acuerdo con lo establecido en la Ley General Tributaria se habrían utilizado medios fraudulentos para cometer la sanción (artículo 184). Concretamente estaría cometiendo infracción por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar una autoliquidación, prevista en el artículo 191de la Ley General Tributaria. Esta infracción se sanciona con una multa pecuniaria proporcional del 50 al 150 por ciento.

Además, podría incurrir en delito fiscal (previsto en el artículo 305 del Codigo Penal) ya que la cuota defraudada sería superior a 120.000 euros. El delito fiscal conlleva penas de prisión de 1 a 4 años y multa de tanto al sextuplo.”

Tardó en contestarme dos semanas. 

Espero que os haya resultado interesante.
No olvidéis de dejar vuestros comentarios abajo, sobre todo si os habéis topado con un directivo similar, me encantaría leer tu experiencia.
Un saludo 

11 may 2012

TIQUET RESTAURANT VS TARJETA MONEDERO

Hola chic@s
Os escribo este artículo porque… como diría aquel… es de rabiosa actualidad:
El RD 778/2012 del 4 de mayo, recoge el nuevo marco jurídico de las entidades de dinero electrónico y en el que se incluyen las empresas que emiten cheques de comida o vales – regalo. Así que la competencia de éstas, que son las empresas que emiten las tarjetas de dinero electrónico aplicables a restaurantes, están de enhorabuena. Esta ley viene a paliar la laguna jurídica y el fraude que había entorno a estos cheques (hasta se venden en segundamano a menor precio), os dejo en este link un resumen de la normativa actual al respecto.

Cual es la consecuencia de esta ley?
Que los vales o cheques de comida en soporte físico están abocados a desaparecer y las tarjetas de dinero electrónico han llegado para quedarse y además a un coste inferior.

Funcionamiento de las 2 modalidades por parte del empresario y del restaurador: